Estudio Impacto Ambiental
Evaluación de Impacto Ambiental
En el marco del SEIA (Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental), un proyecto requerirá la elaboración de un EIA (Estudio de Impacto Ambiental) si presenta alguna de las circunstancias contempladas en el artículo N°11 de la Ley 19.300 (mod. Ley 20.417). Estos son riesgo para la salud humana, daños significativos sobre recursos naturales, alteración de sistemas de vida – de paisajes – del patrimonio cultural, localización próxima a sitios prioritarios para la conservación o aéreas protegidas.
Declaración de Impacto Ambiental
En el marco del SEIA (Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental) establecido en la Ley 19.300, se elaborará una DIA (Declaración de Impacto Ambiental) para proyectos que no generen ni presenten ninguna de las circunstancias contempladas en el artículo N°11 de la Ley 19.300 (mod. Ley 20.417).
Línea de Base para Medio Biótico
Descripción detallada del área de influencia de un proyecto o actividad, en forma previa a su ejecución. Este tipo de trabajo debe incluir los objetivos y alcances del proyecto, el marco legal, documentos relacionados y referencias técnicas, los criterios de evaluación (metodología, obtención de datos, método de colecta de datos, etc), endemismo y origen, estado de conservación, singularidades y una evaluación ambiental.
Principales Impactos para Medio Biótico
Todo proyecto o actividad susceptible de causar impacto ambiental, incluidas sus modificaciones, sólo se puede ejecutar o modificar previa evaluación de su impacto ambiental (DIA o EIA). Los principales impactos para medio biótico tienen relación con la pérdida de individuos, pérdida de hábitat, alteración o pérdida de sitios de nidificación, fragmentación de hábitat, entre otros.
